1. Presentación de solicitudes
La preinscripción podrá realizarse de todo el máster o bien de los diferentes módulos que lo integran.
La preinscripción se formalizará vía web. El estudiante deberá rellenar la solicitud de preinscripción y la enviará en formato papel y firmada a la Secretaría del centro correspondiente en el plazo de 10 días a contar desde el día en que realizó la preinscripción vía web, adjuntando la documentación correspondiente según la vía de acceso.
Excepcionalmente, y siempre que la oferta de plazas sea superior a la demanda, el órgano responsable del POP podrá aceptar, con carácter condicional, estudiantes que no estén en posesión de toda la documentación requerida, o que esté incompleta, o de estudiantes que, no reuniendo los requisitos de acceso, se prevea que los tengan en el plazo establecido para formalizar la matrícula.
2. Número de plazas del máster y criterios de selección
El acceso a cada máster viene determinado por el número de plazas que acorde el Consejo de Gobierno de la Universidad.
La Comisión de Estudios del máster establecerá los criterios de selección que considere oportunos para un seguimiento posterior del programa de estudios y velará para que se cumpla.
3. Documentos que hay que presentar para realizar la preinscripción
- Copia compulsada del DNI o pasaporte para los extranjeros (actualizada).
- Solicitud de preinscripción firmada por la persona interesada (impresión desde la web).
- Copia compulsada del título universitario oficial que da acceso al Máster. En el supuesto de acceso por la vía 3 (titulación no homologada con nivel de formación equivalente al título de grado), será necesario tener en cuenta que en el momento de formalizar la matrícula se debe presentar un documento emitido por la Universidad de obtención del título de acceso o por la autoridad competente del país que acredite que el título permite acceder a estudios de posgrado.
- Certificado de conocimientos de idiomas (original o copia compulsada).
- Certificado académico oficial en el que se indiquen las calificaciones de los estudios realizados y en el caso de expedientes académicos expedidos en el extranjero, se hará constar la escala numérica de estas calificaciones. Si los estudios se han cursado en la Universidad de Lleida no será necesario presentar este documento ya que la Secretaría del centro adjuntará a la solicitud la copia compulsada del expediente académico
- Documentos específicos de cada máster, si así se ha hecho constar en la información del máster.
En el supuesto de que el estudiante desee solicitar el reconocimiento de créditos de estudios, debe hacerlo constar en el apartado correspondiente de la solicitud de preinscripción y tendrá que presentar además de la documentación anterior:
- El plan de estudios o cuadro de materias expedido o publicado por el centro correspondiente.
- Los documentos que acrediten las competencias y los contenidos formativos realizados o bien el programa de las asignaturas aprobadas.
4. Requisitos de los documentos expedidos en el extranjero
Los documentos expedidos en el extranjero tienen que ser oficiales, originales expedidos por las autoridades competentes, y deben estar legalizados por vía diplomática. Este trámite se realizará necesariamente en cada uno de los siguientes organismos y por el orden que se indica:
- Ministerio del país extranjero del que dependan las autoridades que lo expiden.
- Ministerio de Asuntos Exteriores del país extranjero.
- Representación diplomática o consular de España en el país de procedencia de los documentos.
Todos los documentos que se expidan por las autoridades diplomáticas o por los servicios consulares del país extranjero en España, tienen que estar legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores español.
Para la legalización de los documentos procedentes de los países que han suscrito el Convenio de La Haya, de 5 de octubre, los requisitos establecidos anteriormente se substituyen por la postilla fijada en el mismo documento por la autoridad competente del estado en que se solicite el documento.
No se exige la legalización de la documentación de los países que conforman la Unión Europea, siempre que no haya dudas sobre la autenticidad y la legitimidad, ni sobre su carácter oficial.
En el supuesto de que dichos documentos estén en otro idioma, han de ir acompañados de la traducción oficial al español. Esta traducción se podrá hacer:
- Por cualquier representación diplomática o consular de España en el extranjero.
- Por la representación diplomática o consular en España del país del cual es súbdita la persona solicitante.
- Por traductores jurados debidamente autorizados o inscritos.
Si el documento original está inscrito en un alfabeto diferente al occidental, se recomienda que la correspondiente traducción recoja la denominación del título en su idioma original pero transcrita al alfabeto occidental, en lugar de una traducción de aquella denominación.
Los documentos originales pueden presentarse junto con una fotocopia, y serán devueltos a las personas interesadas una vez realizada la diligencia de autenticidad.
Si las fotocopias las ha comparado y legalizado la representación diplomática o consular de España en el país de procedencia del documento, no hace falta presentar simultáneamente el original.
5. Resolución
La resolución corresponde al órgano responsable del Programa Oficial de Posgrado (POP).
El coordinador del órgano responsable firmará la resolución, de acuerdo con el modelo establecido, y enviará una copia al Vicerrectorado de Docencia. En la resolución se hará constar:
- los estudiantes admitidos.
- los estudiantes admitidos condicionalmente*.
- los estudiantes excluidos**.
- los estudiantes en lista de espera.
(* /** Deben hacerse constar los motivos).
El órgano responsable publicará la resolución firmada en el tablón de anuncios del centro que realiza la matrícula y en la página web del máster. En la publicación se indicará el DNI de los estudiantes o pasaporte para los extranjeros, los motivos en los supuestos de los estudiantes excluidos o condicionales y los recursos que pueden interponer los interesados.
En el caso de no estar de acuerdo con la resolución, las personas interesadas podrán presentar recurso de alzada delante de la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, que agota la vía administrativa.
6. Reserva de plaza
Podrá solicitarse por motivos de carácter excepcional, previa justificación en el plazo establecido para la realización de la matrícula.
La Dirección del máster resolverá las solicitudes.
Las plazas reservadas no se descontarán de la oferta de plazas del siguiente año académico.